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jueves, 11 de abril de 2013

Certificación de eficiencia energética

¿Qué es y para qué sirve?


Se trata de un procedimiento para certificar energéticamente los edificios existentes o partes de un edificio existente (ej. piso o local). La Directiva 2012/31/UE, de 19 de mayo, relativa a la eficiencia energética de los edificios obliga a expedir un certificado de eficiencia energética para los edificios o unidades de éstos, que se construyan, vendan o alquilen. Actualmente ésta directiva está en proceso de transposición mediante un Real Decreto que regulará la certificación energética de edificios existentes. La certificación será obligatoria a partir del 1 de junio de 2013.



El Real Decreto establece la obligación por parte del propietario o promotor de poner a disposición de compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética. De esta forma se pretende favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia y las inversiones en ahorro energético.


¿Qué edificios han de tenerla y cuáles no están obligados?


Han de tenerla:
  • Edificios de nueva construcción.
  • Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes con una superficie útil superior a 1000 m2 con la renovación de más del 25% de cerramientos.
  • Edificios o unidades de edificios existentes que estén en proceso de venta o alquiler a un nuevo arrendatario.
  • Edificios de uso público con superficie superior a 250 m2.

No están obligados:
  • Las edificaciones que por sus características de utilización hayan de permanecer abiertas.
  • Edificios protegidos oficialmente, cuando el cumplimiento de éstas exigencias pudieran alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.
  • Edificios religiosos.
  • Construcciones provisionales con un uso previsto igual o menor de dos años.
  • Edificios industriales y agrícolas, en la parte de uso no residencial.
  • Edificios aislados con superficie menor de 50 m2.
  • Edificios de sencillez técnica y escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, se distribuyan en una sola planta y no afecten la seguridad de las personas.
  • Edificios que se compren para su derribo.
  • Edificios de vivienda que sean objeto de un contrato de alquiler por tiempo inferior a cuatro meses.

¿Cuándo caduca?


Tiene una validez de 10 años, momento en el que se tendrá que renovar. Puede ser renovada antes si se han hecho reformas y mejorado la eficiencia energética del edificio y se quiere reflejar en el certificado.

¿Qué obligaciones tiene el vendedor o arrendador?

El vendedor o arrendador tendrá que mostrar la etiqueta energética durante la promoción de venta o alquiler del inmueble.
En caso de venta, el vendedor ha de dar al comprador en la notaria un original del certificado. En el caso de alquiler, tendrá que adjuntar una fotocopia al contrato de alquiler.

¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir éstas obligaciones?
  • Inspecciones: la administración autonómica competente realizará la función inspectora, para asegurarse su cumplimiento y detectar casos de falsificación o fraude.
  • Sanciones: el vendedor o arrendador podrá recibir una multa por infracción de los Derechos de los Consumidores.
  • Reclamaciones: el comprador o el que alquila podrá reclamar al vendedor o arrendador por no haber cumplido el deber de información al Consumidor.


domingo, 20 de mayo de 2012

Un ejemplo de rehabilitación y sostenibilidad: la torre Bois-le-Pêtre (París)

Torre Bois-le-Pêtre

No es ningún secreto que la crisis ha golpeado con fuerza el mundo de la construcción, ensañándose especialmente con la obra nueva (1). Por otra parte, se estima que podría haber un 20% de viviendas vacías (2) lo que no augura una pronta recuperación del sector.Si unimos esto al agotamiento de los recursos naturales y a la necesidad de ahorro de los hogares españoles, es fácil llegar a la conclusión de que la rehabilitación energética se ha convertido en una alternativa muy interesante.

El concepto "rehabilitación energética" es algo nuevo. Inmersos en plena burbuja inmobiliaria, en los últimos años era más rentable construir que rehabilitar y, en cualquier caso, rehabilitar se reducía a reparar los edificios envejecidos para alargar su vida útil y recuperar su funcionalidad. La rehabilitación energética lo que pretende es, además de lo anterior, reducir el consumo de energía en los edificios.

El gasto de energía en los edificios se distribuye de la siguiente manera:
- climatización: 42%
- agua caliente: 26%
- consumo de los electrodomésticos: 23%
- iluminación: 9%
La rehabilitación energética permite ahorrar hasta un 20% del consumo y reducir las emisiones de CO2 en un 30%. Esto se consigue a través de dos tipos de actuaciones: las que se llevan a cabo sobre la envolvente del edificio (fachadas y cubierta) y las que afectan a sus instalaciones.

Es una buena idea aprovechar las necesidades de mantenimiento de los edificios para llevar a cabo una rehabilitación energética. Una vez metidos en obras, con un andamio instalado y los operarios entrando y saliendo, mejorar el aislamiento energético no supone un sobrecoste significativo y tiene la ventaja de la amortización del gasto de la obra en unos años.

Izquierda: aspecto original, centro: intervención en 1990, derecha: propuesta ganadora

Con toda esta reflexión pretendía presentar un ejemplo de rehabilitación energética muy interesante de Lacaton y Vassal, dos arquitectos franceses. La intervención se llevó a cabo sobre una torre construida en 1962 con elementos prefabricados, que contiene 96 viviendas y tiene una altura de 16 plantas, situada en las afueras de París. En 2002 el ayuntamiento de París había designado el barrio en el que se encuentra el edificio como un enclave que se debía someter a una mejora. En 2005 se convocó un concurso que ganaron Lacaton y Vassal junto con Druôt. 

La propuesta presentada consistía en eliminar la fachada del edificio, fruto de una intervención realizada en 1990, para incorporar unas franjas perimetrales, formadas por módulos prefabricados de tres metros de anchura, de los cuales uno se destinaba a balcón y dos a galería. Se generaba así una doble piel de paneles de cristal y de policarbonato protegida con persianas y cortinas. 

Izqda.: fachada existente, dcha.: eliminación de la fachada y sustitución por módulo prefabricado

Izqda.: planta original, dcha.: propuesta


Esta doble piel transparente proporciona a los ocupantes una conexión visual con el entorno a la vez que les aísla a nivel térmico y acústico, dejando que ellos mismos puedan regular la iluminación, temperatura y ventilación de los apartamentos. El ahorro energético que supone esta intervención es del 50% y además se incrementa la superficie de las viviendas; pasando de 8.900 a 12.460 m2. Durante el tiempo que se prolongaron las obras los vecinos no tuvieron que abandonar el edificio.

La intervención también afectó al interior del edificio para mejorar la accesibilidad a las viviendas e introdujo nuevas tipologías.

Aspecto definitivo de la galería y el balcón sobre la ciudad

En contraposición a obras de algunos arquitectos que parecen valorar únicamente la estética, Lacaton y Vassal llevan a cabo una intervención equilibrada, respetuosa con el edificio preexistente y sus usuarios, y todo ello a un bajo coste.

Todas las fotografías pertenecen a la web de Lacaton y Vassal: http://www.lacatonvassal.com/index.php?idp=56